Acto único.
Al abrirse el telón, el canonista está de pie con alba blanca y una estola con los colores del arco iris. Sobre una mesita están libros y papeles. A la derecha de la escena, sobre un trípode, se puede ver una imagen de la Pachamama. Sobre el fondo se puede apreciar una pintura surrealista o abstracta. Sentados en cada lado de la mesa, están dos jesuitas, visten ropa informal de simples civiles.
Canonista. (Hablando hacia los bastidores) ―Que pase el laico lefebvriano acusado de estar en cisma con el Vaticano.
(Ingresa el lefebvriano, no se saludan, y el canonista se sienta a la mesa. El lefebvriano permanece de pie).
Se lo acusa de seguir obispos que están en cisma, por desacatar a León XIV.
Lefebvriano. ―Así es.
Can. ―¿Desea usted regresar a la comunión con el Vaticano?
Lef. ―Si es posible, ...
Can. ―Para esto se requiere una Profesión de Fe.
Lef. ―Adelante.
Can. ―Comenzamos. ¿Cree usted en cada artículo del Credo Niceno?
Lef. ―Personalmente nunca lo he negado.
Can. ―¿Cree con fe firme, todo lo que contiene la palabra de Dios, ya sea escrita o transmitida por la Tradición, que la Iglesia propone como divinamente revelado, ya sea por juicio solemne o por su Magisterio ordinario y universal?
Lef. ―Distingo. Si se trata sobre la Revelación, creo; pero si se trata sobre las enseñanzas de los dos últimos llamados "papas" y su moral corrupta, no creo.
Can. ―¿Acepta y sostiene firmemente todas y cada una de las enseñanzas propuestas definitivamente por la Iglesia en materia de fe y moral?
Lef. ―Distingo y reitero. Si se trata sobre el Sínodo, la Pachamama y todas las enseñanzas corruptas de los dos últimos llamados "papas" y su moral hipócrita no la acepto ni la sostengo, antes bien la denuncio con escritos y actos. La ataco como enseñanza y moral ajena a la Verdad Revelada.
Can. ―Con sumisión religiosa de voluntad e intelecto, ¿se adhiere a las enseñanzas que proclaman tanto el Romano Pontífice como el Colegio Episcopal al ejercer su auténtico Magisterio, aunque no tengan la intención de proclamarlas mediante un acto definitivo?
Lef. ―Distingo y reitero. Si se trata de la verdad anterior al Vaticano II, me someto. Si se trata de las enseñanzas que proclaman tanto el Romano Pontífice como el Colegio Episcopal ultramoderno o sinodal, no me someto.
Can. ―¿Acepta la doctrina enseñada en el nº 25 de la Constitución Dogmática Lumen Gentium del Concilio Vaticano II sobre el Magisterio de la Iglesia y la adhesión debida al mismo?
Lef. ―¿Qué dice el texto?
Jesuita 1. ―(Leyendo) «Entre los principales oficios de los Obispos se destaca la predicación del Evangelio. Porque los Obispos son los pregoneros de la fe que ganan nuevos discípulos para Cristo y son los maestros auténticos, o sea los que están dotados de la autoridad de Cristo, que predican al pueblo que les ha sido encomendado la fe que ha de ser creída y ha de ser aplicada a la vida, y la ilustran bajo la luz del Espíritu Santo, extrayendo del tesoro de la Revelación cosas nuevas y viejas, la hacen fructificar y con vigilancia apartan de su grey los errores que la amenazan. Los Obispos, cuando enseñan en comunión con el Romano Pontífice, deben ser respetados por todos como testigos de la verdad divina y católica; los fieles, por su parte, en materia de fe y costumbres, deben aceptar el juicio de su Obispo, dado en nombre de Cristo, y deben adherirse a él con religioso respeto. Este obsequio religioso de la voluntad y del entendimiento de modo particular ha de ser prestado al magisterio auténtico del Romano Pontífice aun cuando no hable ex cathedra; de tal manera que se reconozca con reverencia su magisterio supremo y con sinceridad se preste adhesión al parecer expresado por él, según su manifiesta mente y voluntad, que se colige principalmente ya sea por la índole de los documentos, ya sea por la frecuente proposición de la misma doctrina, ya sea por la forma de decirlo. Aunque cada uno de los Prelados no goce por si de la prerrogativa de la infalibilidad, sin embargo, cuando, aun estando dispersos por el orbe, pero manteniendo el vínculo de comunión entre sí y con el sucesor de Pedro, enseñando auténticamente en materia de fe y costumbres, convienen en que una doctrina ha de ser tenida como definitiva, en ese caso proponen infaliblemente la doctrina de Cristo. Pero todo esto se realiza con mayor claridad cuando, reunidos en concilio ecuménico, son para la Iglesia universal los maestros y jueces de la fe y costumbres, a cuyas definiciones hay que adherirse con la sumisión de la fe. Esta infalibilidad que el divino Redentor quiso que tuviese su Iglesia cuando define la doctrina de fe y costumbres, se extiende tanto cuanto abarca el depósito de la Revelación, que debe ser custodiado santamente y expresado con fidelidad. El Romano Pontífice, Cabeza del Colegio episcopal, goza de esta misma infalibilidad en razón de su oficio cuando, como supremo pastor y doctor de todos los fieles, que confirma en la fe a sus hermanos, proclama de una forma definitiva la doctrina de fe y costumbres. Por esto se afirma, con razón, que sus definiciones son irreformables por sí mismas y no por el consentimiento de la Iglesia, por haber sido proclamadas bajo la asistencia del Espíritu Santo, prometida a él en la persona de San Pedro, y no necesitar de ninguna aprobación de otros ni admitir tampoco apelación a otro tribunal. Porque en esos casos, el Romano Pontífice no da una sentencia como persona privada, sino que, en calidad de maestro supremo de la Iglesia universal, en quien singularmente reside el carisma de la infalibilidad de la Iglesia misma, expone o defiende la doctrina de la fe católica. La infalibilidad prometida a la Iglesia reside también en el Cuerpo de los Obispos cuando ejerce el supremo magisterio en unión con el sucesor de Pedro. A estas definiciones nunca puede faltar el asenso de la Iglesia por la acción del mismo Espíritu Santo, en virtud de la cual la grey toda de Cristo se mantiene y progresa en la unidad de la fe. Mas cuando el Romano Pontífice o el Cuerpo de los Obispos juntamente con él definen una doctrina, lo hacen siempre de acuerdo con la misma Revelación, a la cual deben atenerse y conformarse todos, y la cual es íntegramente transmitida por escrito o por tradición a través de la sucesión legítima de los Obispos, y especialmente por cuidado del mismo Romano Pontífice, y, bajo la luz del Espíritu de verdad, es santamente conservada y fielmente expuesta en la Iglesia. El Romano Pontífice y los Obispos, por razón de su oficio y la importancia del asunto, trabajan celosamente con los medios oportunos para investigar adecuadamente y para proponer de una manera apta esta Revelación; y no aceptan ninguna nueva revelación pública como perteneciente al divino depósito de la fe.»
Lef. ―Distingo. Todo lo escrito es una teoría utópica. Si esto fuese siempre así, en la práctica no se hubiesen dado otras cosas.
Can. ―(Irritado) ¿Qué cosas?
Lef. ―Si esto en la praxis fuese así, no existirían las herejías del pasado, encabezadas por los obispos con aval tácito, hasta en ciertos casos, del mismo papado.
Can. ―¿Y qué más?
Lef. ―Si esto en la praxis fuese así, no existirían los cismas lacerantes del pasado ilustrados en detalle por la Historia de la Iglesia o como en el presente actual.
Can. ―¡Ajá!
Lef. ―Por lo tanto este artículo está sometido al juicio del discernimiento en cada caso particular, jamás en conjunto. Hoy se poseen auténticas lacras episcopales, que actúan organizadamente en sínodos, situación que pide a gritos un discernimiento caso por caso. En conclusión, no puedo aceptar de lleno y en todos los casos, esta utopía.
Can. ―¡Qué barbaridad! Y ahora, ¿se compromete a seguir un enfoque positivo en su interpretación bajo la guía del Magisterio de la Iglesia, para que ninguna de estas enseñanzas pueda separarse del resto del sagrado patrimonio doctrinal de la Iglesia?
Lef. ―Lo positivo está en debate dentro de toda la Iglesia, y sus frutos son vistos como una destrucción del Cuerpo Místico de Jesucristo. Ergo, no me comprometo y sostengo la crítica positiva a todo lo que en la actualidad se está afirmando.
Can. ―¿Declara usted, que acepta la validez del Sacrificio de la Misa y de los Sacramentos celebrados con la intención de hacer lo que hace la Iglesia, y de acuerdo con los ritos contenidos en las ediciones típicas del Misal Romano y los libros rituales promulgados por los Sumos Pontífices Pablo VI y Juan Pablo II?
Lef. ―Esto lo acepto en teoría, pero lo pongo en duda sobre la praxis, pues ignoro las innovaciones personales que contra el mismísimo Vaticano II se hicieron. El Art. 22 de la Constitución Sacrosanctum Concilium, no se cumple en absoluto. Para refrescar su memoria, en su inciso tres dice: «Por lo mismo, nadie, aunque sea sacerdote, añada, quite o cambie cosa alguna por iniciativa propia en la Liturgia.»
Can. ―¿Promete adherirse a la disciplina común de la Iglesia y a sus leyes, especialmente a las contenidas en el Código de Derecho Canónico promulgado por el Papa Juan Pablo II?
Lef. ―Esto puedo prometerlo; pero denuncio que sacerdotes, obispos, cardenales y los últimos dos considerados “papas”, colocaron y colocan trampas manifiestas para su incumplimiento, manifestando una imagen externa de acatamiento, pero que no lo cumplen en la práctica. Por lo tanto, decido no adherirme a la ultramoderna Iglesia Vaticana hasta tanto no vea en ella un cambio radical, ya sea frente la aceptación a la verdad revelada, y sobre todo, frente a la moral tradicional e incólume de tantos siglos.
Can. ―¿Así que no sigue al Vaticano II?
Lef. ―¿Y qué dogma o espiritualidad puede transmitirme, un Concilio pasado de época?
Can. ―¿Por lo tanto sigue a los desobedientes?
Lef. ―¿Y qué tengo yo que ver con que no les hagan caso? ¿Por qué tengo yo que pagar los platos rotos de la eterna discusión entre ustedes? ¿Qué tengo que ver yo con todas las zancadillas y trampas que se hacen entre ustedes?
Can. ―¿Qué opinan de esto los jesuitas testigos?
Jesuita 1. ―¡Excomulgado!
Jesuita 2. ―¡Excomulgado!
Can. ―(Golpeando con un martillo de leña en la mesa) Queda usted excomulgado, pues se manifiesta en Cisma con la actual Roma.
Lef. ―Amén.
Can. ― (Parándose). Como perdió el examen de fe, deberá pagar las costas de este sacrosanto interrogatorio inquisitorio.
Lef. ―¿A cuánto asciende el monto?
Can. ―Es el equivalente a veintidós pizzas de muzzarella y a dos cajones de coca-cola, que el obispo servirá dentro de la Catedral a los pobres de la diócesis.
Se cierra el telón.


